Cuando haya que elegir dignatarios de una iglesia o sociedad filial por votación de los miembros, o cuando la junta directiva tenga que hacer nombramientos en esa filial, lo que más importa tomar en cuenta es: ¿Está el candidato espiritualmente habilitado para desempeñar el deber de que se trata? La mira primordial que deben tener todos que tomen parte en las elecciones o al hacer nombramientos, es escoger a los que hayan dado prueba fiel de su aptitud por lealtad consecuente a las enseñanzas de nuestra amada Guía, Mary Baker Eddy, y llevando una vida genuinamente cristiana. Sólo consagrando nuestros pensamientos y acciones desinteresadamente a la Iglesia según la Christian Science
Nombre que Mary Baker Eddy dió a su descubrimiento (pronunciado Crischan Sáiens). La traducción literal de estas dos palabras es “Ciencia Cristiana”. podremos demostrar la verdad de las palabras de Mrs. Eddy (Ciencia y Salud con Clave de las Escrituras, pág. 455): “El Omnisapiente no encarga Sus cometidos más elevados al que sea indigno de ellos. Cuando El comisiona a un mensajero, es alguien que está espiritualmente cerca de El.”
Cada iglesia o sociedad filial determina conforme a su propio procedimiento democrático los requisitos para ser dignatario de ella. Necesariamente, cada filial tendrá que adaptarse a los recursos que estén a su disposición en materia de habilidad y experiencia. El Manual de La Iglesia Madre por Mrs. Eddy prescribe que todos los Lectores de iglesias filiales han de ser miembros de La Iglesia Madre (Art. III, Sección 6).
Usualmente los estatutos de una iglesia o sociedad filial especifican también que todo miembro de su junta directiva tiene que ser miembro de La Iglesia Madre. Los que entre ellos no hayan aún logrado este privilegio de pertenecer al cuerpo paterno, se han de interesar naturalmente en habilitarse para dar los pasos necesarios con ese fin, así fortaleciéndose, lo antes posible.
Cuando el número de obreros disponibles es pequeño, no es siempre prudente, ni siquiera posible, insistir en que la instrucción facultativa sea un requisito para servir en la Escuela Dominical, como maestro o maestra, o para ser bibliotecaria de una Sala de Lectura. La instrucción facultativa es inestimablemente útil para el obrero de la iglesia, y con frecuencia se ha encontrado que en los casos en que no se requiere definitivamente para ocupar el puesto dado, la comprensión profundizada que el miembro alerta adquiere estudiando sistemáticamente como en clase ciertamente que es necesaria. En muchas filiales se ha hallando que no es práctico llenar todos los puestos vacantes para ujieres, secretarias de Escuelas Dominicales, obreros distribuidores y otros cargos con los que ya han recibido instrucción facultativa. Aquí también los que ocupan esos puestos pueden ser alentados a que hagan su propia demostración individual respecto a cómo guiarse o gobernarse de por sí, pues es cuestión importante. Ha habido muchos casos en los que un alumno de la Escuela Dominical, al llegar el tiempo o edad suya en que haya de salir de la Escuela, sin haber recibido todavía instrucción facultativa se ha mostrado hábil espiritualmente para enseñar a una clase de niños.
La instrucción facultativa según la provee nuestra Guía en el Manual de La Iglesia Madre, proporciona rica oportunidad para crecimiento espiritual y demostración. Cuando viene en respuesta a la oración y obediencia vehemente a la “Regla para Móviles y Actos” (Art. VIII, Sección 1), la instrucción facultativa trae consigo bendiciones inmensurables. Como toda gracia del Espíritu, ese paso debe darse como resultado de demostración individual; y sería imprudente tratar de forzar tal crecimiento haciendo de él un acto o estado invariable para ser elegido o nombrado para ocupar puestos en la iglesia.
